Hola, danllela
El derecho de autor, tiene como fin garantizar que los resultados intelectuales o materiales de creadores, por un lado no sean explotados ilícitamente por terceros ajenos (piratería), y por el otro, que los autores reciban el pago por el uso de esos resultados.
Por resultados intelectuales, se entiende una obra de arte, canciones o música, letras, literatura, productos comerciales o industriales, etc. Todo aquello que sea producto de una creación.
No hay punto de debate en cuanto a que un tercero explote el trabajo de otro. Solamente el titular del derecho de autor es quien debe explotar sus creaciones. Quien lucra aprovechándose del trabajo intelectual de otros, sin tener el derecho, comete un delito o una falta.
La discusión viene en cuanto a quienes no lucran. El hecho de prestar materiales, ¿es piratería? Si se aplica en estricto rigor que el préstamo de materiales es delito, el hecho de que le prestes un disco o un DVD (original, que compraste y del que tienes la factura) a tu vecino, ya es delito.
Los emporios se quejan de que el préstamo de materiales \ "les quita ganancias que hubieran podido obtener\ ". Eso es un criterio muy subjetivo y cuestionable. Pero los emporios han logrado que se penalice el préstamo de materiales pero no facilitan a las personas un acceso fácil, sencillo y económico. Por otro lado, el público se queja de que los materiales son caros y que los emporios deberían reducir el precio de los productos.
En lo que sigue el debate, el hecho de Napster fue precisamente que la Ley prohibió y prohíbe el préstamo o intercambio de materiales. Mientras siga la Ley en ese sentido, la descarga de materiales sin el respectivo pago es un hecho sancionado. Y sólo es cuestión de tiempo de que, o los emporios imponen su criterio a nivel mundial, o se flexibiliza el intercambio de materiales.
Nada se nos resiste. Nada |