Angel Vilchez - 06/02/2011 | La justicia vuelve a dejar claro que enlazar no es delito, diga lo que diga la Ley Sinde.
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Con la Ley Sinde intentando evitar que los propietarios de web de enlaces a descargas sigan ejerciendo su derecho constitucional, una nueva sentencia judicial en España deja claro que enlazar a archivos con derechos no es delito.
Un Juez del Ferrol ha fallado a favor de 4 imputados por un caso de supuesta infracción de derechos de autor, a través de una página de enlaces a descargas, por considerar que en tal actividad no hay delito, pues esta web no alojaba en sus servidores ninguno de los contenidos protegidos.
En 2007, la Policía Nacional desplegó un operativo para detener a varias personas, de entre las cuales, 3 eran sospechosos de subir archivos protegidos y luego enlazarlos desde sus páginas. En el juicio, las pruebas ofrecidas por la fiscalía no han sido suficientes y el juez ha decidido que el sistema de enlaces a descargas sigue sin ser delito, diga lo que diga la Ley Sinde y sus promotores.
La pregunta es… ¿Si la Ley Sinde permite cerrar páginas web y la interpretación de la constitución por parte de los jueces ha dejado claro que enlazar no es delito, qué parte es la que más peso tiene?
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